LA FRATERNIDAD UNIVERSAL DE

IGLESIAS  DE LA COMUNIDAD METROPOLITANA

 

REGLAMENTOS

Como se revisaron en la XX Conferencia General, Toronto, Ontario (Canadá)

Efectivas en Enero 2003

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ARTICULO I 1

NOMBRE.. 1

GOBERNACIÓN, ORGANIZACIÓN Y OFICIALES. 4

MEMBRESÍA DE LA IGLESIA.. 12

ARTICULO  VII 13

REUNIONES DE LA IGLESIA.. 13

FINANZAS DE LA IGLESIA.. 14

RESERVACIÓN DE PODERES. 16

PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR PROPUESTAS AL REGLAMENTO... 16

PROCESO JUDICIAL DEL CLERIGO DE LA FUICM... 18

 

ARTICULO I

NOMBRE

 

A.      El nombre de esta fraternidad será LA FRATERNIDAD UNIVERSAL DE IGLESIAS DE LA COMUNIDAD METROPOLITANA. (de aquí en adelante se referirá como FUICM)

 

B.      Cada iglesia o grupo afiliado local usará el nombre de IGLESIA DE LA COMUNIDAD METROPOLITANA como parte de su título oficial.  El grupo puede añadir un prefijo o sufijo para distinguirla de otros grupos de iglesias locales, por ejemplo:  "Iglesia de la Comunidad Metropolitana La Gracia", "Iglesia de la Comunidad Metropolitana de Tallahassee", "Iglesia de la Comunidad Metropolitana de Ashland" o "Iglesia de la Comunidad Metropolitana de Springfield."

 

ARTÍCULO II

PROPÓSITO

 

Los objetivos de esta Fraternidad serán:

A.      Unir las iglesias con el propósito de compartir la adoración a Dios dentro de la tradición Cristiana y que la voluntad de Dios domine las vidas de las personas, individual y colectivamente tal como está estipulado en las Sagradas Escrituras.

 

B.      Establecer cuerpos para la instrucción teológica y materias afines para la propagación de las enseñanzas de la fe Cristiana tal como se aceptan en la Conferencia General de la Fraternidad Universal de Iglesias de la Comunidad Metropolitana.

 

C.      Instruir y alentar a aquellos que se ofrezcan así mismos para la enseñanza y filosofía aceptadas por este cuerpo.

 

D.     Hacer todas las cosas que son compatibles con el trabajo de una Iglesia Cristiana.

 

ARTÍCULO III

DOCTRINA, SACRAMENTOS Y RITOS

 

A.      DOCTRINA.  La cristiandad es la revelación de Dios en Jesucristo y es la religión establecida en las Escrituras.  El Antiguo Testamento predice a Jesucristo, el Nuevo Testamento lo presenta y la Iglesia Cristiana lo proclama en todo tiempo y en  todo lugar. 

 

Fundada con el interés de ofrecer una iglesia hogar a todos aquellos que confiesen y crean en esa fe, la Fraternidad Universal de Iglesias de la Comunidad Metropolitana se mueve dentro de la corriente principal del Cristianismo.

 

Nuestra fe está basada sobre los principios trazados en los credos históricos:  El Credo de los Apóstoles y el Credo Niceno.

 

 

CREEMOS:

1.      En un Dios trino, omnipotente, omnipresente y omnisciente, de una sola sustancia y en tres personas:  Dios, nuestro Padre y Madre Creador; Jesucristo, el hijo unigénito de Dios, Dios hecho carne y humano; y el Espíritu Santo, nuestro Dios sostenedor.

 

2.      Que la Biblia es la Palabra de Dios inspirada divinamente, que presenta a Dios a cada persona a través de la ley y los profetas, y final, completa y definitivamente en la persona de Jesucristo en la Tierra.

 

3.      Que Jesús . . . el Cristo . . . registrado históricamente que vivió hace cerca de 2000 años antes de este reglamento, es Dios encarnado, de nacimiento humano, totalmente Dios y totalmente humano, y que siendo uno con Dios, Jesús ha demostrado de una vez y para siempre que toda la gente somos igualmente hijos(as) de Dios, hechos espiritualmente a la imagen de Dios.

 

4.      Que el Espíritu Santo es Dios que hace saber el amor de Dios y Su interés por todas las personas.  El Espíritu Santo es Dios, que es accesible y que trabaja a través de todos aquellos que deseen poner su bienestar bajo el cuidado de Dios.

 

5.      Cada persona se justifica por la gracia de Dios a través de la fe en Jesucristo.

 

6.      Somos salvados de la soledad, desesperanza y degradación a través del don divino de la gracia, como fue declarado por nuestro Salvador.  Tal gracia no se gana, es un mero regalo de un Dios de amor puro.  Encomendamos a la comunidad de fieles a una vida de oración; a buscar el auténtico perdón de aquellos actos inconsiderados, poco amables y de desamor; y a una vida comprometida al servicio Cristiano.

 

7.      La Iglesia sirve para atraer a toda la gente a Dios por medio de Cristo.  Para este fin, deberá organizar servicios regulares de adoración, oración, interpretación de las Escrituras y edificación a través de la enseñanza y predicación de la Palabra.

 

B.      SACRAMENTOS:  Esta Iglesia acepta dos santos Sacramentos:

1.      BAUTISMO por agua y en el Espíritu, como se encuentra en las Escrituras, será el signo de la dedicación de cada vida a Dios y a Su servicio.  A través de las palabras y los actos de este Sacramento, el y la recipiente se identifica como hijo(a) de Dios

 

2.      SANTA COMUNION es la participación del pan bendito y del fruto de la vid de acuerdo con las palabras de Jesús, nuestro Señor:  "Este es mi cuerpo . . . esta es mi sangre".  (Mateo 26:26-28)  Todos(as) los (as) que crean, confiesen y se arrepientan y busquen el amor de Dios a través de Cristo, después de examinar sus conciencias, pueden participar libremente en la comida comunitaria, simbolizando su deseo de ser recibidos en la comunidad con Jesucristo, de ser salvos(as) por el sacrificio de Jesucristo, de participar en la resurrección de Jesucristo, y dedicar sus vidas renovadas al servicio de Jesucristo.

 

C.      RITOS.  Los ritos de la iglesia realizados por sus ministros debidamente autorizados consistirán de los siguientes:

 

1.      EL RITO DE ORDENACION es la consagración de personas debidamente calificadas para el ministerio profesional de esta Iglesia.  Se manifiesta por la imposición de las manos de parte de clérigos ordenados y autorizados, seguidores de este reglamento.

 

2.      EL RITO DE LA OBTENCION DE MEMBRESIA EN LA IGLESIA deberá ser conducido por el Pastor o Líder Pastoral Interino delante de una congregación local dentro de cualquier servicio regular.  De acuerdo a los criterios establecidos por la iglesia local, un (a) Cristiano(a) bautizado(a) puede convertirse en miembro en buen estatus del grupo local a través de una carta de transferencia de un cuerpo Cristiano reconocido o a través de una profesión de fe.

 

3.      EL RITO DE LA SANTA UNION / RITO DEL SANTO MATRIMONIO son la unión espiritual de dos personas de manera apropiada y realizada por un clérigo o Líder Pastoral Interino debidamente autorizado de la iglesia.  Después que las dos personas hayan sido aconsejadas y advertidas de sus responsabilidades del(a) uno(a) hacia el(la) otro(a) puede conferirse este rito de bendición de Dios.

 

4.      EL RITO DE FUNERAL O SERVICIO MEMORIAL debe ser conducido apropiadamente por los ministros de la Iglesia para el ser fallecido.

 

5.      EL RITO DE LA IMPOSICION DE MANOS u oración por la sanación de los enfermos en mente, cuerpo o espíritu debe ser conducido por los ministros de la Iglesia, a discreción de ellos cuando se les solicite.

 

6.      EL RITO DE BENDICION puede ser conducido por los ministros  de la Iglesia para personas, cosas o relaciones, cuando el ministro lo crea apropiado.  Esto incluye la dedicación del edificio de una iglesia para la gloria de Dios.

 

ARTÍCULO IV

MINISTERIO

 

La FUICM afirma el sacerdocio universal de todos los creyentes (1a.  Pedro 2:5-10).  Todos (as) los (as) miembros de la iglesia son llamados por Dios al ministerio del Evangelio de Cristo en la Iglesia y en el mundo.

 

La FUICM decreta que todas las personas tendrán igualdad de acceso y oportunidad, libre de cualquier discriminación basada en género, orientación sexual, raza, edad, impedimentos físicos, estatus de VIH, estado de salud, identificación sexual, nacionalidad o estatus económico . . . en cuanto a: (1) Procedimientos de empleo y de personal y (2) Entrega de servicios . . . todo lo que hacemos.

 

A.      MINISTERIO DE LOS LAICOS

1.      EL SACERDOCIO DE TODOS LOS CREYENTES:  Los laicos son el Pueblo de Dios, llamados por Dios y autorizados por las Escrituras a responder a la Palabra, sirviendo como Cristo sirvió, a fin de que la Iglesia sea edificada y el mundo sea transformado.  FUICM afirma que este es el ministerio de todos (as) y cada uno de los laicos en esta Fraternidad.

 

2.      DIACONOS:  Como se define en el Nuevo Testamento, su trabajo es un histórico ministerio de servicio y ayuda dentro de la Iglesia Cristiana.

 

 

B.      EL MINISTERIO DE LOS CLERIGOS:

1.      CLERIGOS:  Los clérigos son miembros del Pueblo de Dios, llamados por Dios, autorizados y reconocidos legalmente por esta Fraternidad para servir entre el pueblo de Dios como ministros profesionales de la Palabra y los Sacramentos.

 

a.      RESPONSABILIDADES:  De acuerdo a su llamado, los clérigos administrarán los Ritos y Sacramentos de esta Fraternidad y serán maestros y predicadores de la fe a fin de que el mundo crea y la Iglesia pueda ser renovada, equipada y reforzada en su ministerio.

 

b.      CUALIDADES:  Los clérigos son aquellas personas de  vocación demostrada y profesada para ser ministros Cristianos profesionales que llenen los requisitos establecidos por la Junta de Ancianos.

 

c.      CREDENCIALES: [  ] Las personas que hayan reunido los estándares académicos, cumplido al menos un año como candidatos con una  Iglesia De Enseñanza, y haber sido aprobados por la Iglesia de Enseñanza y el Equipo de Entrevista de Clérigos Regionales podrán entonces ordenarse.  Una persona que está ordenada no puede ejercer su función como clérigo hasta que él / ella sea licenciado / a.  Una Licencia para Practicar deberá ser emitida inmediatamente bajo notificación a el Anciano que sirve a la Región de que esta persona está iniciando un ministerio activo, responsable  y autorizado.  La Licencia para Practicar deberá ser renovada anualmente [  ].

 

d.      DISCIPLINA:  La FUICM no pasará por alto deslealtad, conducta impropia o abandono de obligaciones.  Los procedimientos para la disciplina deberán ser desarrollados por La Junta de Ancianos. Estos procedimientos deberán ser incluido como un apéndice al reglamento de la FUICM.

 

 

ARTÍCULO V

GOBERNACIÓN, ORGANIZACIÓN Y OFICIALES

 

A.      GOBERNACION:

1.      Esta Fraternidad reconoce a las Sagradas Escrituras interpretadas por el Espíritu Santo en conciencia y  fe como su guía en la fe, disciplina y gobierno.

 

2.      El gobierno de esta Fraternidad está depositado en la Conferencia General, sus Conferencias de Regionales, [  ] y Juntas Congregacionales, sujetas a las provisiones de la Fraternidad, Artículos de Incorporación y su Reglamento, o documentos de organización legal.  Los oficiales elegidos por las Conferencias Generales y de Región y Juntas Congregacionales están sujetas a la dirección y disciplina de sus respectivos grupos y son responsables de llevar a  cabo sus políticas.

 

3.      Cuando una Región desee más flexibilidad con respeto a los artículos IV a IX de este reglamento, puede requerirlo a la Junta de Ancianos quienes pueden otorgar esa flexibilidad.

 

4.      Esta Fraternidad no rinde cuentas a ninguna jurisdicción eclesiástica externa, pero acepta la obligación de consentimiento mutuo y cooperación involucrada en la libre fraternidad de otras iglesias, y se compromete a sí misma a compartir sus metas comunes y tareas sujetas a la aprobación expresa de su membresía.

 

5.      Las Iglesias Locales, Regiones, Conferencias de Región, [  ]